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¡Se duplican las deducciones fiscales para soci@s y donantes del IJG!


En 2015 será del 50% y en 2016 del 75% de la contribución

Como es de público conocimiento, el Instituto Jane Goodall España es una asociación sin fines de lucro declarada "De Utilidad Pública" por el Ministerio del Interior, y que permite desgravar fiscalmente el 25% de las contribuciones económicas realizadas por sus soci@s y donantes hasta el 31/12 de 2014.

Nos alegra poder contaros que ahora, a partir de una modificación legal orientada a promover la fidelización, ese porcentaje se incrementará hasta el 50% en 2015 y el 75% en 2016 para los primeros 150€ aportados (lo cual cubre la mayoría de las cuotas mensuales o anuales ofrecidas). Pasada esa cantidad, el resto del aporte se beneficiaría de una deducción de entre el 27,5% y el 32,50% en 2015, en función de la antigüedad y permanencia del socio o donante (3 años), y de entre el 30% y el 35% en 2016. Además, los residentes en Cataluña, donde está la sede del IJG, tienen una desgravación regional adicional por pertenecer a la misma Comunidad Autónoma.
Esto permitirá que los socios y donantes del Instituto Jane Goodall España puedan recibir prácticamente el doble de desgravación por sus aportes al final de este año, y el triple por sus aportes en 2016.

Los detalles

La Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (BOE núm. 288 de 28 de noviembre), introduce modificaciones a partir del 1 de enero de 2015 en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo. El régimen de las entidades sin fines lucrativos a las que resulta de aplicación la normativa de la Ley 49/2002 se mantiene en los mismos términos y las novedades afectan al mecenazgo y, concretamente, al incremento de los tipos de deducción aplicables, por los donativos realizados por las personas físicas y/o jurídicas a fundaciones acogidas al régimen fiscal especial.

A continuación se resumen las novedades introducidas y con efectos desde el 1 de enero de 2015:

 
- Se incrementa el porcentaje de deducción aplicable por las personas físicas en su IRPF, del 25 % al 30 %, si bien transitoriamente para 2015 dicho porcentaje queda establecido en el 27,5 %. Además, los primeros 150 euros para el conjunto de donativos de cada contribuyente del IRPF tienen una deducción del 75% (50% en 2015).
 - Se estimula la fidelización de las donaciones, realizadas tanto por personas físicas como por personas jurídicas:
   + Las personas físicas podrán aplicar una deducción del 35% (en vez del 30% general) por el exceso sobre 150 euros donados, siempre que se hayan efectuado donativos a la misma entidad en los últimos tres años (dicho porcentaje se sitúa en el 32,5% en el ejercicio 2015).
  + Las donaciones fidelizadas durante un mínimo de 3 años, realizadas por las personas jurídicas, tendrán derecho a una deducción en el Impuesto sobre Sociedades del 40%, si bien en 2015 dicho porcentaje se fija en el 37,5%.  

Ante cualquier duda, puedes escribirnos a socios@janegoodall.es

Muchas gracias por apoyar la misión del Instituto Jane Goodall
 

09/07/2015
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