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¡Hasta un 80% de desgravación fiscal para socios y donantes en 2023!


Ahora, ayudar es más fácil y económico que nunca antes.

Como es de público conocimiento, el Instituto Jane Goodall España es una asociación sin fines de lucro declarada "de Utilidad Pública" por el Ministerio del Interior, y que permite desgravar fiscalmente las contribuciones económicas realizadas por sus soci@s y donantes. El porcentaje de desgravación se incrementó al 80% desde 2020 para los primeros 150€ aportados (lo cual cubre la mayoría de las cuotas mensuales o anuales ofrecidas). Pasada esa cantidad, el resto del aporte se beneficia de una deducción de entre el 35% y el 40% . Por ej. la cuota mensual de 9€, tras la desgravación fiscal del 80% sería equivalente a haber pagado 1,80€; o la cuota anual de Chimpamigos Jr. por 100€, tras la desgravación del 80% a fin de año, sería equivalente a haber pagado 20€.

Además, las personas físicas residentes en Cataluña, donde está la sede social principal del IJGE, tienen una desgravación regional adicional porque el IJGE está inscrito dentro del Registro de Entidades de Medio Ambiente y Sostenibilidad de la Generalitat de Catalunya. 

Los detalles
La Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (BOE núm. 288 de 28 de noviembre), introduce modificaciones a partir del 1 de enero de 2015 en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo. El régimen de las entidades sin fines lucrativos a las que resulta de aplicación la normativa de la Ley 49/2002 se mantiene en los mismos términos y las novedades afectan al mecenazgo y, concretamente, al incremento de los tipos de deducción aplicables, por los donativos realizados por las personas físicas y/o jurídicas a fundaciones acogidas al régimen fiscal especial.

A continuación se resumen las novedades introducidas y con efectos desde el 1 de enero de 2020:



 - Se estimula la fidelización de las donaciones, realizadas tanto por personas físicas como por personas jurídicas:
  + Las personas físicas podrán aplicar una deducción del 40% (en vez del 35% general) por el exceso sobre 150 euros donados, siempre que se hayan efectuado donativos a la misma entidad en los últimos tres años.
   + Las donaciones fidelizadas durante un mínimo de 3 años, realizadas por personas jurídicas, tendrán derecho a una deducción en el Impuesto sobre Sociedades del 40%.

Ante cualquier duda, puedes escribirnos a socios@janegoodall.es

Muchas gracias por apoyar la misión del Instituto Jane Goodall

01/01/2023
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